Respuestas a los sofismas legalistas del home-aloner «INTERREGNVM MCMLVIII» (2ª parte)

Ver la 1ª parte.

Ofrecemos a continuación las respuestas a una serie de objeciones que nos planteó un lector a raíz de una serie de sofismas que promueve el dueño del canal de Youtube «INTERREGNVM MCMLVIII».

  1. ¿Cuál sería tu respuesta al ataque que hace a Mons. Ngô Đình Thc respecto a que la Bula Regia sólo le permitía nombrar Obispos en cierta territorialidad (si mal no recuerdo)?

Respuesta: La legitimidad de las consagraciones episcopales de Mons. Ngô Đình Thục no se fundamentan en el privilegio que tenía en virtud de aquella Bula, sino que se fundamental en la facultad y obligación (que no es lo mismo) que tienen los obispos de garantizar la continuidad y perpetuidad del oficio episcopal siempre que en alguna circunstancia grave, sea necesario que estos consagren sin la autorización del Santo Padre. Esto suele suceder (la historia lo prueba) en casos de peste, epidemias, incomunicación con la Santa Sede, o… SEDEVACANTE PROLONGADA o dudosa.

Por lo tanto, la objeción es inexistente. La Iglesia no necesitaba para Mons. Ngô Đình Thục una bula mejor, de hecho, no necesitaba ninguna bula. Tanto, que todos los demás obispos hubieran podido consagrar tan legítimamente como Mons. Ngô Đình Thục a pesar de que ellos no tenían ninguna bula que les otorgara privilegios.

  1. ¿Firmó Mons. Ngô Đình Thc los documentos del Conciliábulo Vaticano II? ¿Eso implica apostasía, herejía y/o cisma (como pecado, no tanto como delito)? ¿Se le aplicaría la Bula Cum Ex Apostolatus Officio en ese caso y aunque hubiere regresado al Catolicismo por cambio de opinión, regresa como laico y pierde con ello la potestad de nombrar Obispos legítimos o legales (entiendo que sí serían válidos pues el Sacerdocio y el Obispado imprimen carácter y transmiten la Apostolicidad si configuran el Sacramento de ordenación correctamente)?

Respuesta: Si, Mons. Ngô Đình Thục firmó los documentos del Conciliábulo Vaticano II, pero eso no implica NECESARIAMENTE apostasía, herejía y/o cisma (ni como pecado, ni como delito), por una sencilla razón: los términos de los documentos del Conciliábulo son confusos y son susceptibles de interpretación católica, excepto por supuesto en la medida que nos enfoquemos más en las herejías explícitas y aberrantes que contienen algunos textos. Sin embargo, nosotros no sabemos cuántos y cuáles fueron los documentos que firmó Mons. Ngô Đình Thục en el Conciliábulo Vaticano II. Por lo tanto, especular en base a lo incognoscible y oculto va contra la naturaleza visible y objetiva de la jurisdicción eclesiástica.

En cualquier caso, incluso si Mons. Ngô Đình Thục (o cualquier otro obispo) firmó TODOS los documentos, esa firma solo implicaría apostasía, herejía y/o cisma EN LA MEDIDA en que con dicha firma se esté ratificando formalmente las herejías y doctrinas novedosas que vienen contenidas en los documentos, y esto solo es cognoscible en la medida en que tales o cuales obispos lo exteriorizaron en el postconcilio. Ahora bien, si tenemos a Mons. Mons. Ngô Đình Thục prácticamente solo en la lucha por la conservación de la Iglesia Católica en sus dogmas, liturgia y moral, pero sobretodo, en la operación de supervivencia del Episcopado, es evidente que por muy radicales que nos parecieran algunas opiniones que defendió en el Conciliábulo, la intención de Mons. Ngô Đình Thục siempre fue católica, y cualquier error cometido no debe ser asumido como herético sino como error teológico, lo que se sabe que no provoca la pérdida de la condición de miembro de la Iglesia. Solo la herejía pública y notoria lo hace.

  1. De ser cierto, el que según haya pedido mayor presencia de mujeres y de ministros de otras religiones en el Conciliábulo Vaticano II lo hace caer en apostasía, cisma o herejía?

Respuesta: Esto sería un error teológico, pero no una herejía. ¿Contra qué dogma atenta eso? También Pío IX invitó al Concilio Vaticano de 1870 a varios observadores no católicos. El solo hecho de querer una cercanía con los herejes no es lo malo del ecumenismo. Solo sería malo si Mons. Ngô Đình Thục insinuara o dijera que los católicos deben aprender de los herejes (como dicen los modernistas) y que la religión católica no es perfecta, sino que debe ceder en sus dogmas ante las diferencias con los no católicos. Ahora bien, que yo sepa nada de eso dijo Mons. Ngô Đình Thục. Finalmente, el espíritu y ambiente de la época, más la presión de los padres liberales, pueden atenuar (pero nunca justificar) el que algunos buenos obispos católicos cedieran ante el hechizo del ecumenismo. En términos post-modernos actuales diríamos: «ser ecuménico en el Vaticano II era lo cool». Por tanto, sin querer analizar la responsabilidad moral de cada obispo por los criterios bárbaros de la postmodernidad, mutatis mutandis, es una forma de entender cuál fue la atmósfera en la que se vieron inmersos los padres conciliares. De hecho, insisto, de nada sirve insistir en que durante el Vaticano II Mons. Ngô Đình Thục defendió lo que parecieran ser criterios modernistas, si después lo tenemos en el postconcilio con criterios muy conservadores y tanto, como para no importarle quedarse solo en la operación supervivencia del Episcopado. Por tanto, todo aquello no ha de ser interpretado nunca como una apostasía de Mons. Ngô Đình Thục. Eso son solo palabras altisonantes y estruendosas de los home-aloners porque en su testaruda y blasfema eclesiología, la Iglesia puede defeccionar completamente y quedarse sin sucesores legítimos de los Apóstoles: los pobres infelices, cuales luteranos y calvinistas del siglo XX, desconocen el significado de la nota de la Apostolicidad de la Iglesia.

  1. ¿El que haya aceptado estar bajo la autoridad de Paulo VI alrededor de una docena de años en el Modernismo y que haya repudiado la Declaración de Sedevacante son otra prueba de su apostasía, herejía y/o cisma?

Respuesta: El que haya aceptado estar bajo la autoridad de Paulo VI alrededor de una docena de años, no significa que Mons. Ngô Đình Thục haya aceptado el Modernismo. Te pongo varios ejemplos contundentes de campeones en el antimodernismo que murieron bajo Pablo VI o algún otro antipapa conciliar sin jamás insinuar que la Sede estaba vacante: Cornelio Fabro (+1995), Réginald Garrigou-Lagrange (+1964), Étienne Gilson (+1978), Alfredo Ottaviani (+1979), José Guerra Campos (+1997), Julio Meinvielle (+1973) entre otros. Sería entretenido dedicarnos a buscar TODOS los campeones del catolicismo que murieron dentro de la Iglesia conciliar para que veas que no siempre fue evidente para todos la incompatibilidad del catolicismo con dicha secta. Esto solo probaría que no es suficiente la pertenencia a la secta conciliar para ser tenido por modernista, al menos no durante los primeros 40 años (1965-2005), por poner un límite de tiempo prudencial pero no matemático. Hubo muchos que murieron tristes, desilusionados, confundidos, acongojados DENTRO de la secta conciliar, pero en realidad perteneciendo al alma de la Iglesia Católica, en la medida que su fe y ortodoxia eran muy católicas. Solo Dios puede juzgar a los católicos que vivieron los primeros 20 o 30 años del post-concilio. Solo Dios conoce los problemas de conciencia que tuvieron que enfrentar esas generaciones. Nosotros hoy lo vemos claro porque el modernismo se ha explicitado y se ha quitado la máscara, pero entonces se disfrazaba mucho de términos equívocos y ambiguos, precisamente para eso, para no provocar el natural rechazo en todos los católicos.

Respecto a que supuestamente habría repudiado, bajo el Antipapado de Karol Józef Wojtyła (alias Juan Pablo II), por parte de Mons. Ngô Đình Thục, a la Declaración de la Vacante de la Sede de San Pedro y a todas las consagraciones episcopales que hizo, se contesta muy rápido:

a) Mons. Ngô Đình Thục no era libre cuando hizo tales declaraciones, sino que fue literalmente secuestrado. Esto, sumado su salud y edad, invalidan ante cualquier tribunal secular que se respete, la legitimidad de estas y cualquieras declaraciones emitidas por Mons. Ngô Đình Thục en tales y bajo tales condiciones. Solo la deshonestidad y el sesgo cognitivo pueden pretender que tales arrepentimientos de Mons. Ngô Đình Thục tengan algún tipo de valor.

b) Pero si se ponen rigoristas, y nos dicen que estaba sano y que no fue secuestrado, y que en efecto murió renunciando a toda su obra, entonces podemos decir: ya su misión se había cumplido, que fue la de trasmitir lo que había recibido, la sucesión apostólica, permitiendo así que la Iglesia continuara su curso hasta la Parusía. Aunque no sería lo ideal, Dios bien pudo haber usado a Mons. Ngô Đình Thục (transitoriamente) durante los años del postconcilio para garantizarle a su Iglesia la continuidad jurídica de su episcopado, y posteriormente, cuando ya había decenas de obispos thucistas por el mundo, abandonar a Mons. Ngô Đình Thục a su propia suerte y en esas circunstancias concretas, caer Mons. Ngô Đình Thục en el pecado de cisma, o cualquier otro. Sin embargo, insisto, este inciso b solo lo escribo en beneficio del argumento del objetor, pero para nadie cuerdo y sincero tiene mucho sentido dar por válida una declaración arrancada a un anciano que ha sido secuestrado del convento donde vivía libremente y por voluntad propia.

  1. ¿Qué respuesta se puede dar al par de bibliografías que recientemente presentó “INTERREGNVM MCMLVIII” donde no se concede la categoría de Obispos, salvo uno, al listado de consagrados durante el Gran Cisma de Occidente, dando a entender que habrán sido nombrados pero no reconocidos por la Iglesia, y que aquél al que sí acepta que se le dio la consagración Episcopal, desliza que tal vez haya sido electo previamente por Papa válido aunque promulgado durante la Sede vacante?

Respuesta: Si se concede la categoría a uno solo, eso es suficiente para probar nuestra tesis, porque probaría que al menos uno de los consagrados SIN MANDATO papal, fueron después reconocidos como tal por la Iglesia. Y nuestra tesis es esa misma, a saber, que mientras no se restablece el Papado (lo que solo puede ocurrir por elección papal humana), los obispos tienen el deber y la obligación de consagrar nuevos obispos, los cuales se pondrían a DISPOSICION del Papa próximo (una vez electo) para que sea este quien decida si confirmar o no a tales o cuales obispos de los consagrados en el Interregno prolongado. Es competencia del Papa determinar si tal o cual obispo podrá ejercer legítimamente o no su episcopado. Pero eso no ha sucedido en nuestro caso, pues precisamente no ha habido ningún Papa válido desde 1958.

c) Por tanto, incluso si es cierto lo que alega nuestro objetor, eso no probaría su tesis, sino al contrario: lo que él pretende es que en sedevacante NO SE PUEDEN consagrar obispos, y dicha tesis es incompatible con la realidad histórica de UN obispo siendo consagrado en una sedevacante y que después es reconocido como tal por la Iglesia. Por tanto, su tesis está sepultada, como no podría ser de otra manera. En cualquier caso, el motivo por el cual el resto de los obispos consagrados en sedevacante después no fueron reconocidos por la Iglesia, es obvio que será cualquier irregularidad cometida o bien por ellos o bien por sus consagrantes, mas nunca, por el irracional e impío argumento del home-aloner, a saber: que en sedevacante prolongada no se puede consagrar lícitamente nuevos obispos, porque de haber sido esta la razón, se hubiera aplicado también a ese UNICO que según el mismo “INTERREGNVM MCMLVIII” fue reconocido posteriormente. No sirve de nada su especulación de que tal vez haya sido electo previamente por un Papa válido aunque promulgado durante la Sede vacante, porque tal cosa no es más que lo que él quisiera encontrar, o sea, es una petición de principio, pero no es lo que dice.

Finalmente, el tema de que los obispos pueden consagrar durante una sedevacante prolongada no es un tema novedoso en el Derecho Canónico ni en la Teología, sino que es muy antiguo. Por tanto, aquí nuestro objetor demuestra ser un absoluto ignorante de las cuestiones más elementales de la Teología Canónica, pues, como siempre digo, pretender privar a la Iglesia de sucesión apostólica (que es de derecho divino inmutable) por seguir la letra de prescripciones canónicas (de derecho eclesiástico mutable), y para colmo en circunstancias donde son impracticables (recordar aquel adagio: “en la necesidad cesa la ley”) es como someter la Divinidad al hombre, la Certeza a lo probable, lo Objetivo a lo subjetivo: una completa aberración mental.

  1. En un tema aparte, ¿qué haría que los «Cónclaves» que se han efectuado por fuera del Modernismo y dentro del sedevacantismo no sean válidos, ni los 3 ó 4 Papas que han sido nombrados, sin contar el fiasco del Palmar de Troya? ¿Sería acaso que no hubo la universalidad o la participación y consenso de todos los Obispos sedevacantistas del mundo y fueron muy focalizados y locales? Si ya tienes alguna entrada al respecto sólo oriéntame y yo la busco.

Respuesta: En efecto, tengo una entrada hablando de esto, y te remito a ella.

Condiciones para que un cónclave papal sea válido

Un cordial saludo

David Alejandro Martínez Espinosa

 

 

 

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